El procedimiento cambia según tu situación censal: CERA para residentes habituales en el extranjero y ERTA para quienes viven en España y están temporalmente fuera. Las fechas, el destino del sobre y la necesidad de pedir la documentación son diferentes.
01 · PASOS Y RESPUESTAS
CERA y ERTA: identifica tu situación antes de tramitar
CERA corresponde al censo de españoles residentes ausentes que viven en el extranjero. ERTA es la vía para electores inscritos en España que se encuentran temporalmente en otro país durante la convocatoria y prevén seguir fuera el día de la votación.
Una estancia por estudios, trabajo o vacaciones no convierte por sí sola una inscripción en CERA. Comprueba tu situación censal y consular. Para el 29N, el periodo de consulta y reclamación del censo es del 12 al 19 de octubre; una inscripción nueva o un cambio de domicilio no garantiza por sí solo entrar en el censo aplicable a esta elección.
02 · PASOS Y RESPUESTAS
CERA: la documentación se envía sin pedir el voto
La OCE remite de oficio la documentación a la dirección de inscripción. Hay un primer envío con sobres, certificados e instrucciones y otro con las papeletas. También existe descarga oficial del juego completo de papeletas cuando esté habilitada; descargarlo no sustituye el certificado censal ni los demás requisitos.
Para el 29N, el primer envío está previsto del 24 al 30 de octubre. Las papeletas se envían del 4 al 8 de noviembre sin impugnaciones de candidaturas y del 9 al 14 si las hay. Comprueba la entrega y consulta a tu consulado si faltan documentos; los centros habilitados deben disponer de medios para facilitar el voto en los días de urna.
03 · PASOS Y RESPUESTAS
CERA: correo al consulado o depósito personal en urna
Puedes enviar la documentación al consulado siguiendo la hoja informativa o depositar personalmente el sobre en un centro habilitado. Para el 29N, la remisión postal termina el 24 de noviembre y el depósito en urna se realiza del 21 al 26 de noviembre. Consulta la dirección y el horario publicados para tu demarcación.
En la vía postal CERA, el sobre dirigido a la Junta Electoral contiene los sobres de votación, un certificado firmado con los datos identificativos exigidos y la copia del DNI o pasaporte español, o la certificación admitida. Ese conjunto va dentro del sobre al consulado junto al segundo certificado. Sigue las instrucciones sobre franqueo gratuito o reembolso de tu país.
La LOREG exige que la remisión la haga personalmente el elector y sea certificada cuando sea posible. También fija un límite de recepción en el consulado: no son válidos los votos que lleguen después del segundo día anterior a la elección. Enviar el último día no asegura llegar a tiempo.
04 · PASOS Y RESPUESTAS
ERTA: inscripción como no residente y solicitud personal
El procedimiento ERTA sí requiere solicitud. Debes figurar como no residente en el Registro de Matrícula Consular. Interior indica que esa inscripción y la solicitud pueden hacerse en el mismo acto; consulta las condiciones de atención de la oficina consular antes de acudir.
Presenta personalmente el impreso específico y acredita tu identidad con DNI o pasaporte español. La solicitud sirve para esta convocatoria y compromete a ejercer el voto desde el extranjero. Para las generales de 2026, el último día de solicitud es el 31 de octubre.
05 · PASOS Y RESPUESTAS
ERTA: el voto se dirige a tu mesa en España
La OCE envía la documentación al domicilio extranjero que indiques. Prepara los sobres de Congreso y Senado de acuerdo con las instrucciones, añade el certificado censal en el sobre dirigido a la mesa y remítelo por correo certificado. El destino no es el mismo que el de un voto CERA.
El límite ERTA para el 29N es el 25 de noviembre. Es necesario que una marca postal oficial permita acreditar la fecha de remisión. Conserva el justificante y revisa en la hoja informativa cómo solicitar el reintegro del gasto postal cuando corresponda.
06 · PASOS Y RESPUESTAS
Si estás inscrito en CERA pero ahora te encuentras en España
Puedes solicitar el voto por correo durante tu estancia sin causar por ello baja en el CERA. Declara esa inscripción en la solicitud y facilita una dirección en España. La solicitud se admite hasta el 19 de noviembre y el depósito del voto hasta el 25 de noviembre para el 29N.
Se trata de votar por correspondencia con recepción en España, no de acudir a una mesa española el día electoral. La web de Correos permite esta solicitud a los electores CERA que se encuentran temporalmente en territorio español.
Preguntas frecuentes
¿Todavía existe el voto rogado para el CERA?
El procedimiento CERA vigente envía la documentación de oficio al elector inscrito. ERTA sí necesita una solicitud previa para cada convocatoria.
¿Puedo votar en cualquier embajada si estoy de vacaciones?
No des por hecho que puedes usar una urna CERA en una oficina cualquiera. Los centros habilitados corresponden a las demarcaciones consulares y el procedimiento ERTA sigue otra vía. Consulta antes tu situación y la oficina competente.
¿Los sobres CERA y ERTA van al mismo sitio?
No. El CERA desde el exterior se canaliza por la oficina consular; el ERTA se remite por correo certificado a la mesa electoral española que figura en la documentación.
¿Basta con descargar las papeletas?
No. Las papeletas son solo una parte de la documentación. Debes cumplir los requisitos de certificados, identificación, sobres, destino y plazo correspondientes a tu modalidad.
¿Qué fechas debo guardar para el 29N?
ERTA: solicitar hasta el 31 de octubre y enviar hasta el 25 de noviembre. CERA desde el extranjero: correo al consulado hasta el 24 de noviembre o urna del 21 al 26. CERA temporalmente en España: solicitud hasta el 19 de noviembre y depósito hasta el 25.
Fuentes y fecha de revisión
Información contrastada el 15 de octubre de 2026. Los enlaces llevan a la documentación oficial utilizada en la guía; revisa los avisos específicos de la convocatoria si vas a iniciar un trámite.