José María Aznar forma Gobierno tras las elecciones de 1996. La ficha de la VI legislatura permite consultar la composición inicial y los cambios de gabinete documentados entre 1999 y 2000.
3 normas seleccionadas por su alcance institucional o su efecto en derechos, servicios y actividad económica. Se sitúan por la fecha de publicación en el BOE durante esta presidencia. La aprobación parlamentaria, la iniciativa y la entrada en vigor son hechos distintos.
Instituciones y democracia · 1997
Ley del Gobierno
Ley 50/1997 · BOE del
Reguló la composición y el funcionamiento del Gobierno, las funciones del presidente y los ministros, las suplencias, los nombramientos y el régimen del Ejecutivo en funciones. También ordenó aspectos de la iniciativa normativa.
Qué cambió y cómo evolucionó
En la práctica. Permite entender quién dirige cada responsabilidad, cómo funciona el Consejo de Ministros y qué limitaciones tiene un Gobierno después de cesar y mientras continúa en funciones.
Evolución y alcance. Ha sido reformada, con cambios posteriores en el procedimiento normativo y en los nombramientos. Debe leerse junto a la Constitución y a la versión actualizada de la propia ley.
Denominación oficial: Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
Vivienda · 1998
La Ley del Suelo de 1998
Ley 6/1998 · BOE del
Reguló las condiciones básicas de la propiedad del suelo, su clasificación, los derechos y deberes de los propietarios y las valoraciones. El suelo que no quedaba incluido en otras categorías se encuadraba como urbanizable según el esquema de la ley.
Qué cambió y cómo evolucionó
En la práctica. Afectó a las reglas estatales para transformar terrenos y valorar el suelo, dentro de la distribución de competencias urbanísticas. La clasificación no autorizaba por sí sola cualquier construcción.
Norma derogada. Fue derogada por la Ley 8/2007. Esta ficha explica su diseño jurídico; no atribuye a una sola ley la evolución de los precios de la vivienda.
Denominación oficial: Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre régimen del suelo y valoraciones.
Justicia y seguridad · 1998
Control judicial de la Administración
Ley 29/1998 · BOE del
Reguló la jurisdicción contencioso-administrativa, que controla actuaciones de las administraciones sujetas al Derecho administrativo. Ordenó los órganos competentes, los procedimientos, las medidas cautelares y la ejecución de sentencias.
Qué cambió y cómo evolucionó
En la práctica. Ofrece el cauce judicial para impugnar decisiones administrativas, determinadas inactividades o actuaciones materiales, una vez cumplidos los requisitos que correspondan.
Evolución y alcance. Ha sido reformada con cambios procesales y organizativos. No todos los conflictos con una entidad pública se tramitan por esta jurisdicción: importa la materia y la actuación concreta.
Denominación oficial: Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Selección editorial no exhaustiva. La explicación describe el cambio normativo; no mide sus resultados ni atribuye la autoría al presidente. Criterios y fuentes de la selección ↓
EQUIPOS · EVOLUCIÓN DEL GABINETE
Ministros y cambios de gobierno
Las entradas y salidas comparan los listados publicados. Un cambio de denominación o un encargo temporal se distingue de un nombramiento. Las notas precisan las incidencias dentro de cada periodo.
01
COMPOSICIÓN DEL GABINETE · LEGISLATURA VI
Gabinete de mayo de 1996 a enero de 1999
Primer listado de esta etapa. Las composiciones posteriores se comparan con él.
Ver el listado completo de personas y cargos (15)
Personas y cargos en el listado de La Moncloa: Gabinete de mayo de 1996 a enero de 1999
Responsabilidad
Persona
Presidente del Gobierno
José María Aznar López
Vicepresidente primero del Gobierno y ministro de la Presidencia
Francisco Álvarez-Cascos Fernández
Vicepresidente segundo del Gobierno y ministro de Economía y Hacienda
Los nombres, cargos y periodos proceden de los listados institucionales de La Moncloa, recogidos el 15 de octubre de 2026. Cada gabinete conserva su referencia y los enlaces al BOE localizados en ella. Las notas aclaran sustituciones que la fuente describe fuera del listado general.
Los periodos reproducen el grado de precisión del archivo: un encabezado mensual no se convierte en una fecha exacta de toma de posesión. El día de un anuncio, el de publicación de un nombramiento y el de promesa del cargo pueden ser diferentes.
Las comparaciones describen diferencias entre listados. Se agrupan variantes de un mismo nombre para evitar falsas entradas y salidas, manteniendo la forma publicada en cada tabla. Un cambio de denominación no demuestra por sí solo una nueva competencia; los nombramientos y las normas de estructura permiten comprobarlo.
Esta selección reúne normas que cambiaron instituciones, derechos, servicios públicos o reglas generales de la economía y el trabajo. No es una lista de toda la producción legislativa ni una clasificación de gobiernos por sus logros. La cantidad de normas seleccionadas no permite comparar su eficacia o importancia.
Fecha y atribución. La ubicación en cada etapa utiliza la publicación en el BOE, no la fecha de las elecciones. Una iniciativa puede comenzar con otro Gobierno, partir de un grupo parlamentario o recibir apoyos de varios partidos. Las leyes las aprueban las Cortes; los reales decretos-leyes los dicta el Gobierno y se someten a la convalidación del Congreso. La Constitución y su reforma se identifican con su rango propio.
Texto original y evolución. Las explicaciones son de elaboración propia y resumen el cambio histórico. Cada norma enlaza a su publicación y al texto consolidado o análisis del BOE. La derogación de una ley modificadora no equivale siempre a la desaparición de todo su contenido, que puede integrarse en otra norma. Una reforma tampoco demuestra por sí sola un resultado social o económico.
Revisión: . Los títulos, rangos, números, fechas y datos de derogación se han contrastado con los documentos del BOE. La información sobre cambios posteriores sirve de contexto, sin sustituir una consulta de la versión aplicable a un caso concreto. La consolidación del BOE es informativa; la publicación oficial es la referencia jurídica.